La Norma UNE-EN 16942 establece especificaciones para los identificadores de los combustibles líquidos y gaseosos existentes en el mercado. Los requisitos que se establecen en esta Norma complementan las necesidades de información de los usuarios en relación con la compatibilidad entre los combustibles comercializados y los vehículos. La Norma pretende que el identificador sea visible en los aparatos surtidores y en los puntos de repostaje, en los vehículos, en los concesionarios de vehículos y en los manuales del usuario.
Los combustibles comercializados incluyen, por ejemplo, los derivados del petróleo; los sintéticos; los biocombustibles; el gas natural; los GLP del petróleo; el hidrógeno; y el biogás y sus mezclas cuando se suministran para usos de movilidad.
La Norma define para cada identificador armonizado su tamaño, forma, color, el resto de información pertinente sobre compatibilidad, así como su ubicación en los puntos de repostaje y en la proximidad del depósito del vehículo. Las disposiciones sobre etiquetado, incluidas las referidas a la expresión gráfica, se han diseñado de tal forma que puedan ser adaptadas para los combustibles que se pongan en el mercado y para los que no exista aún una norma europea por la que se establezcan sus especificaciones técnicas.
Esta Norma incluye tres anexos informativos relativos a los diferentes ejemplos de etiquetas; al listado de combustibles existentes y sus especificaciones; y a ejemplos de etiquetados para el combustible de gasolina sin plomo y diésel.
El Comité UNE de Etiquetado de combustibles (CTN-UNE 316), secretariado por UNE, ha elaborado la Norma UNE-EN 16942.