UNE ha publicado el segundo Informe de vigilancia de mercado 2022 que recoge datos relativos a las actuaciones llevadas a cabo durante 2021. Esta segunda edición incluye nuevos contenidos, como información sobre funciones y actividad de la Oficina de Enlace Única (OEU), actividad de la Red de Alerta o competencia desleal de productos comercializados on line, entre otros.
En 2020, UNE y algunos ministerios, entre ellos el Ministerio de Consumo, comenzaron a desarrollar un embrión, que posteriormente se ha conocido como el Observatorio de Vigilancia de Mercado (OVM).
El objetivo de la vigilancia del mercado es garantizar que productos y servicios puestos a disposición de los consumidores y usuarios cumplen los requisitos establecidos para proporcionar un nivel elevado de su salud y seguridad, al mismo tiempo que responden a las exigencias de calidad y aquellas que tienen por finalidad la protección de los legítimos intereses económicos y el derecho a recibir una información correcta. La vigilancia de mercado es algo inherente a la calidad y seguridad de los productos que se ponen en el mercado.
Para garantizar la libre circulación de los productos dentro de la UE es necesario que sean conformes con la legislación de armonización de la UE. Esto es, deben cumplir los requisitos que proporcionen un nivel elevado de protección de intereses públicos. Un cumplimiento riguroso es esencial para una adecuada protección de esos intereses y para crear las condiciones en las que la competencia leal pueda prosperar en el mercado de la UE. En definitiva, los productos no conformes y no seguros suponen un riesgo para los ciudadanos y pueden distorsionar la competencia con los operadores económicos que venden productos conformes en la UE.
Para mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante el fortalecimiento de la vigilancia del mercado, y para asegurar que los productos que se pongan en el mercado sean conformes a la legislación que les es aplicable y contribuir así a aumentar la confianza de los consumidores, la Unión publica el Reglamento (UE) 2019/1020 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos. En el Artículo 9 establece un marco de cooperación entre las autoridades de vigilancia de mercado de las Administraciones públicas con los operadores económicos. En este ámbito de colaboración público-privada, los miembros de UNE junto con diferentes departamentos de la Administración pública y otras entidades interesadas, han constituido el Observatorio de Vigilancia de Mercado (OVM), integrado en UNE como una Comisión Consultiva de su Junta Directiva.
Cabe destacar la Mención del Observatorio de UNE en el Marco Estratégico Nacional para la Vigilancia del Mercado de España 2022-2025 (MENVIME). Este marco estratégico ha sido aprobado por las autoridades competentes en vigilancia de mercado y coordinadas por la Oficina de Enlace Única (OEU) con el fin de dar cumplimiento al Artículo 13 del Reglamento (UE) 2019/1020 que obliga a todo Estado miembro a diseñar una estrategia nacional general de vigilancia del mercado.
La participación en el OVM de más de 40 organizaciones empresariales españolas, miembros de UNE, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Ministerio de Consumo y varias autoridades competentes en materia de vigilancia de mercado sitúan al OVM como una herramienta dirigida principalmente a potenciar esta colaboración público-privada, que es clave para un cumplimiento eficaz de la vigilancia de mercado.
El Informe Anual 2022 de vigilancia de mercado de UNE se ha elaborado en el seno del Observatorio de Vigilancia de Mercado al amparo del Reglamento europeo y bajo la colaboración público-privada. Este informe se publica por segundo año consecutivo con un contenido facilitado tanto por parte de la Administración pública como por el sector privado, y corresponde a actuaciones llevadas a cabo durante el año 2021.
Por un lado, se recogen todos aquellos datos relativos a las campañas oficiales en materia de vigilancia de mercado que han sido facilitados por las autoridades competentes. Su actuación se centra en la lucha contra el fraude, el engaño, la inducción a error y la oferta de bienes y servicios que no cumplan la normativa general. Asimismo, específica que regula aspectos relativos a los requisitos de salud, seguridad o calidad, composición, dimensión, forma, etiquetado, publicidad, presentación de los productos, así como las relativas a las cláusulas abusivas, condiciones de venta, recomendaciones de seguridad, información sobre precios, contratos, etc.
Por otro lado, se incluye la información proporcionada por las Asociaciones miembros de UNE sobre las preocupaciones manifestadas por los sectores en lo relativo a los incumplimientos en el mercado y la competencia desleal, así como las actuaciones realizadas al efecto. La información se ha estructurado por cada una de las agrupaciones sectoriales: Productos para la infancia y el ocio, Productos industriales de consumo doméstico y Productos industriales de uso profesional. Principalmente informan sobre los incumplimientos normativos más comunes que han detectado en los productos comercializados que atentan contra los intereses de los consumidores y usuarios profesionales, al tiempo que constituyen una competencia desleal en todas sus facetas.
El informe también recoge información relativa a las nuevas herramientas informáticas (Sistema ESTACICE ROHS) en aras de conseguir la mayor fluidez en los tráficos comerciales y evitar retrasos en las importaciones. Desde el Servicio de Inspección SOIVRE se informa sobre los nuevos ámbitos de control: control de sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), control del cumplimiento con el Registro Integrado Industrial relativo a aparatos eléctricos y electrónicos y con el Registro Integrado Industrial relativo a Pilas y acumuladores. Todos los controles se realizan de forma previa a la importación de los productos procedentes de los terceros países, y el certificado de conformidad es preceptivo para el despacho aduanero a libre práctica.
Esta segunda edición del informe incluye nuevos contenidos, como los relativos a las funciones y actividad de la Oficina de Enlace Única (OEU), la actividad de la Red de Alerta, el papel de las CC. AA. en los diferentes ámbitos de actuación en materia de vigilancia de mercado, la competencia desleal de productos que se están comercializando on line y que incumplen normativa, la nueva guía azul y la vigilancia de mercado en materia de etiquetado energético.
Las funciones mínimas de la OEU se encuentran reguladas en el Reglamento (UE) 2019/1020. A lo largo de 2021, la OEU ha centrado su actividad, entre otros, en la adopción de su programa de trabajo; la publicación de la Guía sobre el artículo 4 del Reglamento; la adopción de los indicadores para diseñar la estrategia nacional general de vigilancia del mercado; la aprobación de una guía para la colaboración entre los operadores económicos y las autoridades de vigilancia de mercado, según lo previsto en el artículo 9 del Reglamento y la adopción de la plantilla europea común para el diseño de la estrategia nacional de vigilancia en el mercado.
Dispone de dos tipos de procedimiento de notificación dependiendo del riesgo que suponga el producto, “grave” o “no grave”. También se incluyen notificaciones con carácter informativo. Según informa la DGC, en el año 2021, se han gestionado 2.769 notificaciones en total: 2.754 notificaciones referentes a productos encontrados en el mercado por las autoridades de control (572 generadas por las CC.AA. y 2.182 recibidas de la UE) más 15 emitidas por la DGC, como consecuencia de los rechazos a la importación de productos que no han llegado al mercado y comunicados por el Servicio de Inspección SOIVRE.
La mayoría de las notificaciones a la red de alerta corresponde con riesgos graves, suponiendo estos el 86,3 % del total de las notificaciones de la UE y un 70,9 % por las emitidas por CC. AA.
Una vigilancia de mercado eficaz y eficiente contribuye al cumplimiento de los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU
La legislación europea aplica a todos los productos que se comercializan en su territorio, tanto los dirigidos al consumidor como los de uso profesional. La legislación es profusa y estricta, y cumplirla supone a fabricantes, importadores y distribuidores asumir costes y obligaciones. Es precisamente el ahorro de estos costes, y por tanto la posibilidad de ofrecer productos similares a menor precio, lo que permite a fabricantes, importadores y distribuidores irresponsables competir de forma desleal poniendo en el mercado europeo productos que no cumplen con los estrictos requisitos establecidos por nuestra legislación.
La etiqueta energética es una herramienta comparativa puesta a disposición de los consumidores que permite incorporar a sus criterios de compra habituales (precio, reconocimiento de marca, prestaciones) el criterio medio ambiental sobre el consumo de energía y de otros parámetros asociados (consumo de agua, aptitud para la función, etc.). Según reporta la Subdirección General de Eficiencia Energética (SGEFE), el Informe Sintético de indicadores de eficiencia energética en España de 2019, los equipos domésticos afectados por el etiquetado energético suponen aproximadamente el 65-70 % del consumo energético en el hogar, por lo que su correcta aplicación puede llevar consigo la obtención de ahorros energéticos, con su correspondiente contribución medioambiental.
En 2020, UNE y algunos ministerios, entre ellos el Ministerio de Consumo, comenzaron a desarrollar un embrión, que posteriormente se ha conocido como el Observatorio de Vigilancia de Mercado (OVM).
Se ha querido, con ello, impulsar y fomentar desde los ámbitos público/privado la transparencia de las irregularidades detectadas en el mercado, como los incumplimientos de los requisitos de seguridad, de calidad, de normalización, de precios, etc. Y, por otra parte, poner en valor la actividad de vigilancia de mercado. El OVM es el marco idóneo de visualización de colaboración entre Administraciones y operadores económicos.
Por segundo año consecutivo el OVM presenta su segundo informe. El informe 2022 abarca la actividad de vigilancia, tanto de las autoridades públicas como de las organizaciones que forman parte de UNE, sobre los productos destinados a la infancia (juguetes, accesorios para la infancia, etc.), los productos industriales de consumo doméstico (etiquetado energético de electrodomésticos, las bolsas de plástico, lámparas de LED, etc.) y los de uso profesional (biocidas, materiales de construcción, luminarias viales, gases fluorados, etc.)
En esta segunda edición, además de exponer los datos relativos a las actuaciones en materia de vigilancia de mercado realizadas el año 2022, se han añadido contenidos nuevos como la actividad de la Red de Alerta, las funciones y la labor de la Oficina de Enlace Única (OEU), la competencia desleal de productos que se están comercializando en Internet y que no cumplen con la legislación o la vigilancia de mercado en materia de etiquetado energético.
El OVM cumple así con la finalidad para la que se ha creado.