Revisión de normas armonizadas de explosivos de uso civil

El comité europeo CEN/TC 321 Explosivos de uso civil está revisando actualmente 58 normas para su posterior armonización. Su trabajo sirve de ejemplo para analizar este proceso, que da respuesta a los mandatos de normalización emitidos por la Comisión Europea.

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Opinión

La Directiva 93/15/CEE sobre explosivos para uso civil fue un revulsivo para fomentar el comercio  ...

Nuevos requisitos de la Comisión Europea y normas revisadas de alta calidad

José A. Sanchidrián
Presidente
CEN/TC 321 Explosivos de uso civil

La Directiva 93/15/CEE sobre explosivos para uso civil fue un revulsivo para fomentar el comercio transfronterizo y consecuentemente la competencia en el mercado europeo, que dejó de ser un puzle de pequeños mercados nacionales, más o menos cautivos, para pasar a ser un mercado continental.

En detalle

Steffen Jenkel
UNE

El 30 % de todas las normas europeas se han desarrollado respondiendo a un mandato de normalización emitido por la Comisión Europea. La CE confía en gran medida en el sistema europeo de normalización para la elaboración de normas que permiten cumplir con los requisitos esenciales de las directivas y regulaciones de la Unión Europea mediante procedimientos estandarizados. En los últimos años, un gran número de normas no se elaboraron de manera satisfactoria para la CE y, por lo tanto, no pudieron armonizarse. El ejemplo del comité europeo CEN/TC 321 Explosivos de uso civil, que actualmente está revisando 58 normas para su posterior armonización, ilustra el proceso actual y sus notables desafíos.

 

La primera generación de normas del CEN/TC 321 se publicó entre 2002 y 2005 y se armonizó bajo la Directiva 93/15/CEE, que se ha visto reemplazada por la Directiva 2014/28/UE relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización y control de explosivos con fines civiles. En 2019 se emitió un nuevo mandato de normalización para establecer la conexión entre las normas del CEN/TC 321 y los requisitos esenciales de seguridad de dicha Directiva, así como para adaptar los contenidos técnicos al estado de la técnica.

 

Este mandato prevé una división en proyectos de tres, cuatro y cinco años. Casi el 80 % de los proyectos, 46 normas, deberían publicarse en un plazo de tres años. Esto se consideró viable en el momento de establecer el mandato, ya que la revisión, según lo acordado entre los representantes de la CE y el CEN/TC 321, se referiría solo a unos pocos aspectos en su mayor parte editoriales. Para los demás proyectos, el mandato establece puntos específicos que deben ser revisados y que fueron identificados por los comités nacionales en el marco de las revisiones sistemáticas.

La CE confía en gran medida en el sistema europeo de normalización para elaborar normas que permitan cumplir con requisitos esenciales de directivas y regulaciones de la UE

Cumplir con los plazos

No obstante, desde la entrada en vigor del Reglamento (UE) 1025/2012 sobre la normalización europea, la CE especificó y endureció sus requisitos generales para las normas armonizadas. Para comprender mejor las consecuencias de estos requisitos generales a las normas de explosivos, se solicitó una evaluación por los consultores HAS para dos normas, a modo de ejemplo, antes de su revisión. Las evaluaciones dejaron claro que es prácticamente imposible cumplir con los plazos previstos porque las normas de explosivos son cinco series de documentos estrechamente relacionados mediante referencias normativas.

 

Debido a la exigencia de referencias normativas fechadas, solo es posible una revisión paralela de todas las normas. A pesar de este conocimiento, la CE se negó a establecer plazos de cinco años para todos los proyectos, ya que se basó en la posición de que la viabilidad del mandato se confirmó debido a que ni los Estados miembro de la UE ni CEN habían presentado objeciones durante la preparación del mandato.

 

El desarrollo de normas armonizadas sigue el mismo proceso que cualquier otra norma, independientemente del hecho de que ciertas decisiones estén predeterminadas por la aceptación del mandato. Durante las encuestas, los comités nacionales votan sobre los borradores y pueden presentar comentarios. Al mismo tiempo, el consultor HAS presenta su evaluación en relación con el borrador de trabajo, el borrador de norma y el borrador final. Los comentarios recibidos se revisan y se procesan en los grupos de trabajo, prestando especial atención a los comentarios del consultor HAS.

Coordinación y comentarios

Para las normas de explosivos hay tres diferentes consultores HAS responsables, pero no hubo coordinación de enfoque entre ellos. Las discrepancias o comentarios contradictorios de los diferentes consultores HAS debían ser identificados y aclarados por el CEN/TC 321. Como no hay comunicación directa entre los consultores HAS y la CE, también se dirigieron al CEN/TC 321 aquellos comentarios que recaían directamente dentro del ámbito de responsabilidad de la CE.

Sin embargo, una gran cantidad de comentarios HAS se referían a otro aspecto. Cuando se desarrolló la primera generación de normas, las reglas para la redacción de textos normativos dejaban más margen, lo que llevó a la publicación de normas que hoy ya no cumplen con las reglas CEN actuales. La CE exige documentos que contengan especificaciones orientadas al rendimiento de productos y que sean verificables objetivamente, que garanticen una clara separación entre especificaciones normativas e informativas y que aborden claramente los requisitos legales correspondientes. Estas exigencias de la CE se superponen en gran medida con las reglas CEN actuales. La adaptación de textos normativos antiguos a las reglas actuales resulta también difícil para los expertos y secretarios y suele llevar a una reorganización de las disposiciones y, a veces, hace aflorar de ambigüedades técnicas en la estructura de los documentos previamente inadvertidas. Y esto conlleva un esfuerzo y un tiempo mayor del previsto para una revisión meramente editorial.

 

En los grupos de trabajo del CEN/TC 321, no existía un completo entendimiento sobre cómo preparar las normas de manera satisfactoria para la CE hasta después de la Encuesta de CEN. Como ninguno de los documentos recibió una evaluación HAS positiva, se acordó internamente en el CEN/TC 321 que los borradores finales serían sometidos a una revisión final por parte del secretario del CEN/TC 321 en coordinación con el presidente. Dado que esta revisión nuevamente mostró un estado insatisfactorio, los borradores finales se están revisando y finalizando en cuanto a contenido y estructura bajo la dirección del presidente y el secretario del CEN/TC 321 con la contribución imprescindible de los grupos de trabajo. Es un paso en el proceso que no está previsto en los reglamentos CEN, pero necesario para preparar borradores finales de alta calidad.

 

Según el reglamento CEN, se debe realizar una segunda encuesta CEN en caso de cambios técnicos significativos después de la primera para permitir comentarios sobre los ajustes técnicos realizados y alcanzar una solución de consenso. La revisión de los comentarios HAS en el caso de las normas de explosivos requiere esto para casi todos los documentos, lo que dificulta considerablemente cumplir con los plazos establecidos.

El desarrollo de normas armonizadas sigue el mismo proceso que cualquier otra norma, independientemente del hecho de que ciertas decisiones estén predeterminadas por la aceptación del mandato.

Desafíos

La pretensión de cumplir con los requisitos del mandato y de la CE mediante una revisión de todos los documentos en tres años resultó ser demasiado ambicioso. Es necesario preguntarse en qué condiciones es posible elaborar o revisar normas armonizadas que cumplan con los requisitos de la CE, de CEN y también de los expertos involucrados. Finalmente, la publicación del conjunto de normas revisadas está programada para septiembre de 2025 como fecha límite. La armonización de la segunda generación de normas del CEN/TC 321 se llevará a cabo mediante su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

 

Los grados de libertad de un proyecto de normalización, en cuanto a contenido y tiempo, se ven considerablemente limitados por los requisitos de un mandato de normalización. La orientación del desarrollo de normas hacia los requisitos de la CE exige a secretarios y expertos adaptarse a nuevas formas de trabajo diferente a las conocidas. Debe prestarse especial atención a la fase de preparación de un nuevo mandato. Los comités técnicos involucrados deben evaluar tempranamente la viabilidad en términos de tiempo y contenido y planificar detalladamente su implementación. Solo así se podrá garantizar la satisfacción de todos los involucrados en el proceso y de los futuros usuarios de las normas armonizadas.

 

El desafío de cada proyecto de normalización es desarrollar requisitos para productos y procedimientos que sean altamente relevantes y aplicables en la práctica, sin ser innecesariamente restrictivos, de acuerdo con las reglas de normalización. Además, para el uso de normas armonizadas es fundamental que puedan utilizarse para cumplir con los requisitos esenciales derivados de regulaciones o directivas de la Unión Europea; y tener disponibles las normas lo más rápido posible.

Partes involucradas en el proceso de la normalización armonizada

Comisión Europea. Los mandatos de normalización, así como las regulaciones o directivas de la UE, se desarrollan por la CE en colaboración con los Estados miembros. Durante el desarrollo de nuevas normas armonizadas, los representantes de la CE están disponibles para consultas. La CE controla la elaboración de normas armonizadas mediante llamados consultores HAS (HArmonized Standards) y, después de la publicación de las normas, realiza una revisión final.

Consultores HAS. Son expertos en la disciplina de normalización y son designados para verificar el cumplimiento de los requisitos del mandato de normalización y los requisitos generales de la CE. Su trabajo se organiza y supervisa por una entidad (contratista HAS) encargado por la Comisión Europea.

 

Organizaciones europeas de normalización. Son responsables de la gestión general del proceso de normalización. No participan directamente en el trabajo de normalización, pero son el punto de contacto principal para la CE. Son CEN, CENELEC y ETSI.

 

Comités técnicos europeos. Son responsables de la elaboración de normas. Un comité técnico está compuesto por los comités nacionales, así como por el presidente y el secretario del comité técnico. El trabajo técnico se lleva a cabo en grupos de trabajo formados por expertos de los diferentes grupos de partes interesadas relevantes de varios países europeos.

 

Comités nacionales. Son comités de normalización de las entidades nacionales de normalización de los países miembro de las organizaciones europeas de normalización. Envían expertos a los grupos de trabajo europeos y toman las decisiones del comité técnico europeo.

 

Usuarios. Son la parte de la sociedad interesada en la materia o los productos a los que se dirigen las normas. Es de estos actores de donde sale el grueso de los expertos que forman los comités nacionales.

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Nuevos requisitos de la Comisión Europea y normas revisadas de alta calidad

José A. Sanchidrián
Presidente
CEN/TC 321 Explosivos de uso civil

La Directiva 93/15/CEE sobre explosivos para uso civil fue un revulsivo para fomentar el comercio transfronterizo y consecuentemente la competencia en el mercado europeo, que dejó de ser un puzle de pequeños mercados nacionales, más o menos cautivos, para pasar a ser un mercado continental. La primera generación de normas armonizadas, que elaboró el comité técnico europeo CEN/TC 321, contribuyó a ello decisivamente, al ser el instrumento para asegurar la conformidad con los requisitos esenciales de seguridad de los explosivos, condición para merecer el marcado CE que les permitía acceder al mercado único.

 

Estas normas están siendo revisadas, tras la promulgación de una nueva Directiva (2014/28/UE) y bajo mandato de la Comisión Europea de 2019. La revisión está encaminada a convertirlas en documentos que puedan llegar a tener un cierto valor legal. Para ello, la Comisión Europea lleva ahora a cabo una supervisión de carácter casi prejurídico de las normas, lo que está exigiendo cambios muy notables en su redacción y estructura, y que, por cierto, ha dado lugar a una carga para el CEN/TC 321 y sus grupos de trabajo muy superior a la esperada.

 

A pesar de ello, esperamos entregar en los próximos meses unos documentos de primera categoría técnica y cumpliendo todos los requisitos que la Comisión Europea impone. Confiamos en que este trabajo –que desarrolla entusiastamente el sector europeo de los explosivos en pleno– contribuya a una mayor seguridad jurídica, si cabe, en el marcado CE, a elevar el prestigio de las certificaciones europeas y por ende de la industria europea de los explosivos en todo el mundo.

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